Fallo del Tribunal Superior de Justicia del caso "V. M. C. Y OTRO S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE PERSONA" el cual falla a favor de una familia que desescolarizó a sus dos hijas.
Sumario:
De acuerdo a lo previsto expresamente por la ley provincial 242 y su decreto reglamentario sobre la obligatoriedad de la enseñanza escolar, es facultad de los padres la elección de la que deban recibir sus hijos - en escuelas públicas, privadas o en el hogar - y del Consejo Provincial de Educación, el establecimiento de los medios de control, reconocimiento y certificación de dicha enseñanza, por lo que no corresponde la intervención judicial que pretende la Defensora de los Derechos del Niño a efectos de " persuadir " a los progenitores respecto de la importancia de la educación convencional y con personal idóneo, que importaría invadir esferas privadas garantizadas constitucionalmente teniendo en cuenta, además, que las niñas no se encuentran en situación de peligro o riesgo respecto de su educación.
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Buenas!! Acabo de ingresar al grupo. desconocía por completo este caso, me gustaría saber mas acerca del mismo, ya que yo tmb soy de Nqn y este año he practicado la educacion sin escuela.
Saber mas acerca de la familia, si pudiera contactarla estaria buenisimo!
desde ya muchas gracias!!
y seguiremos por aca!!